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Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas autónomas o empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:
a) Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.
b) Apartamentos turísticos.
c) Albergues turísticos.
d) Campings.
e) Restaurantes, bares y cafeterías.
f) Turismo activo y ecoturismo.
g) Agencias de viajes.
h) Guías de turismo.
i) Alojamientos rurales.
Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten los servicios y actividades relacionados en este apartado y realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta orden.
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Normas para los que vayan a visitar los cementerios municipales.
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Se prohíbe el uso de forma libre de los Centros e Instalaciones municipales. Solo se permite el uso en actividades reguladas.
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Hasta el 9 de octubre (este viernes) se podrá presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo de Monitor de Clubes de lectura
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¡LA FORMACIÓN ONLINE CONTINÚA EN SEPTIEMBRE!
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ofrece cursos 100% subvencionados en modalidad online para autónomos y autónomas de cualquier sector laboral.
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El día 29 de octubre no habrá servicio de Arquitecto Municipal.
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El ayuntamiento de Nerpio se pone a disposición para gestionar las solicitudes de ayudas para los daños ocasionados en las viviendas por la tormenta del día 11 de agosto de 2020.
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